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Código de Faltas Artículo 72 BIS Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Faltas San Juan
Artículo 72 BIS. Animales sueltos. Medidas preventivas

Cuando se trate de animales sueltos en espacios o vías públicas poniendo en riesgo la seguridad de las personas o cosas, se procederá al traslado a los corrales o lugares acondicionados o adecuados para el tipo de animal de que se trate, hasta que intervenga el juez decretando la medida que corresponda.

Si al constatarse la infracción no fuere factible proceder al traslado del animal, sea por dificultades operativas o por cuestiones de hecho insalvables al momento o bien porque se careciere en la circunstancias de elementos idóneos para trasladarlo o razones análogas, la autoridad policial adoptará las medidas de seguridad que la urgencia aconseje para hacer cesar el peligro y evitar males mayores.

En todos los casos, la autoridad labrará acta circunstanciada del hecho con inmediato conocimiento al juez. Se procurará dejar constancia de las marcas y señales de los animales -si las tuvieren- a los fines de identificar a sus propietarios y aplicación de las demás sanciones que la ley prevé.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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